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Este ANTECEDENTE
Surge luego de que, en un juicio de división de cosa común, se promovió un incidente de nulidad de actuaciones.
El demandado designó nuevos abogados, pero luego se decretó la caducidad del incidente.
Esta decisión fue impugnada, pero se mantuvo porque la designación de nuevos abogados no interrumpe el término de caducidad.
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La Suprema Corte de Justicia a través del Tribunal Colegiado de Circuito, DETERMINÓ que, en un juicio civil con un incidente de nulidad de actuaciones, la designación de nuevos abogados INTERRUMPE el plazo de caducidad de la instancia.
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La justificación de la SCJN es que, NO todas las promociones o actos procesales interrumpen el término de caducidad de la instancia, SOLO aquellos que buscan concluir el juicio.
Por tanto, las promociones para señalar nuevo domicilio, autorizar personas para recibir notificaciones, o reconocer a alguien como abogado patrono o apoderado, sí interrumpen el término de caducidad, ya que mantienen viva la instancia.
Esto se basa en el criterio del Tribunal Pleno en la tesis aislada P. VII/96, de rubro: “CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. EL ESCRITO MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA PARA RECIBIR NOTIFICACIONES INTERRUMPE EL TÉRMINO PARA QUE OPERE.
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Esta RESOLUCIÓN esta disponible para quien la CONOZCA y la Haga valer en todo el país a partir de esta semana.
Tesis CIVIL
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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación Obligatoria.
La información de hoy procede de la Suprema Corte de Justicia
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