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Se reforman los artículos 32 y 121 de la Ley de Educación, en donde se establece que todas las Universidades y Tecnológicos de Estudios Superiores de competencia estatal, así como las Escuelas Normales Públicas del EdoMex. DEBERÁN destinarán un porcentaje de por lo menos el 10% de su matrícula escolar para personas en situación de vulnerabilidad.
En este grupo se Incluyen especialmente a mujeres con discapacidad, migrantes, y personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas.
El objetivo de esta reforma es garantizar sus derechos educativos y asegurar la continuidad de su preparación profesional.
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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA
La información de hoy procede de la Gaceta del EdoMex.
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