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El día de hoy se publicó en el Díario Oficial el REGLAMENTO de la Ley General de Victimas,entra en vigor mañana mismo.
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El Fideicomiso público previsto para la reparación del daño deberá constituirse con base a las disposiciones establecidas en la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, es decir, a más tardar el último día de febrero próximo.
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La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) deberá expedir -durante los tres meses siguientes- el Modelo Integral de Atención a Víctimas, así como los lineamientos y disposiciones generales que establece el presente reglamento.

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La forma para la asignación de recursos del fondo, indica que el objetivo del mismo es servir como mecanismo financiero para el pago de las ayudas, la asistencia y la reparación integral de las víctimas.

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Este fondo tambien incluye compensación a víctimas de violaciones a los derechos humanos cometidas por autoridades federales y la compensación subsidiaria para víctimas de delitos del orden federal.

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Para acceder a los recursos del Fondo, las víctimas deben estar inscritas en el Registro Nacional de Víctimas y cumplir con una serie de requisitos adicionales, además de que será un comité evaluador de la CEAV quien determinará las características del pago, con base en los siguientes criterios:

*Necesidad de la víctima,
*La gravedad del daño sufrido,
*La vulnerabilidad de la víctima,
*En proporción con el daño sufrido;
*El perfil psicológico de la persona afectada;
*La posibilidad de que pueda acceder a medidas de atención, asistencia y protección en asociaciones civiles o privadas, y los demás que señalen los lineamientos que deberá emitir la Comisión.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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