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AHORA si en un Juicio se solicita la Disminución o ajuste de una pensión otorgada por cesantía de edad avanzada argumentando que el IMSS al calcularla rebaso el límite superior de 10 veces el salario mínimo, aún cuando lo anterior se demuestre, NO PROCEDERÁ la DISMINUCIÓN de la pensión.

Lo anterior es porque será la Junta quien deberá ponderar la aplicación del tope salariar y los derechos adquiridos del pensionado, declarando improcedente el ajuste.

Esta es una determinación que aplica desde esta semana emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual puede ser invocada por quienes quieran defenderse en un Juicio.

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la SCJN

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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