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Pensiones Jubilatorias del ISSSTE

La Suprema Corte de Justicia, DETERMINÓ que el AUMENTO a la pensión por Jubilación, deberá ser calculada con base a la Unidad de Medida y Actualización (UMA), pero ANUALIZADO.

Esta decisión SÓLO aplica para las pensiones otorgadas en el periodo del 5 de enero de 1993 al 31 de diciembre de 2001.

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Ya que se dio antes la reforma constitucional donde se elimina el salario mínimo como parámetro para calcular el monto de pago de diversas obligaciones entre las se contempla las Aportaciones de Seguridad Social.

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Así la Suprema Corte Concluyó que el aumento anual de la pensión jubilatoria debe cuantificarse con base en el valor de UMA, en atención a que el incremento o actualización de su importe es un aspecto accesorio derivado del otorgamiento del beneficio pensionario, que tiene como propósito fundamental que no pierda su poder adquisitivo y, por tanto, constituye una mera expectativa de derecho para el pensionado, el cual se actualiza al momento en que se suscita un incremento en el costo de vida.

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Esta resolución es de APLICACIÓN nacional y OBLIGATORIA a partir de esta semana para quien la conozca y la invoque.

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La información de hoy procede de la SCJN

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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