Visits: 9

Todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo.

Además de quien NO cuente con este seguro se le impondrá multa de $1,295.- a $2,590 pesos

En caso de Sanción

, el propietario del vehículo tendrá 45 días naturales para la contratación de la póliza de seguro, al ser presentada ante la autoridad recaudatoria, le será cancelada la infracción,

La contratación del seguro será responsabilidad del propietario del vehículo y por ningún motivo se podrá obligar a los propietarios de éstos a que contraten el seguro con alguna institución de seguros en específico.

Este decreto entrará en vigor a los 180 días siguientes, después de que la Secretaría de Hacienda publique las disposiciones administrativas que fijen los términos del contrato de seguro.

Ver Decreto completo…..

.

Siguenos en twitter: @salgadolegal

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

error: Evita copiar el contenido, mejor compartelo