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A partir de Hoy las empresas que prestan servicios de Seguridad Privada en el Distrito Federal deberán tomar en cuenta las modificaciones a la Ley de Seguridad Privada, entre otros estos algunos cambios:

– Para obtener un permiso

y la licencia de tipo A y B, los interesados NO deberán haber sido destituidos de los cuerpos de seguridad pública, ni de las fuerzas armadas, despedidos de las empresas de seguridad privada o habérsele revocado su licencia, así como haber sido sancionados por delitos dolosos.

– Además El personal operativo utilizará el uniforme, armamento, automóviles y equipo únicamente en los lugares y
horarios de servicio y en todo momento deberá conducirse con profesionalismo, honestidad y respeto hacia los derechos de las personas.

Ver cambios completos a la Ley ….

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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