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Este ANTEDECENTE
Surge luego de que, Tribunales Colegiados de Circuito llegaron a opiniones diferentes sobre si es necesario presentar la resolución de otorgamiento de pensión del IMSS cuando se reclama la devolución de recursos de las subcuentas de una persona que dice ser pensionada.
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La Suprema Corte de Justicia a través del Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, DETERMINÓ que, para solicitar la devolución de los recursos de las subcuentas de una cuenta individual, es Indispensable presentar la resolución de otorgamiento de pensión emitida por el IMSS.
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La justificación de la segunda sala de la SCJN es que, al resolver el amparo directo 29/2022, concluyó que, según el artículo 899-C de la Ley Federal del Trabajo, es obligatorio presentar la resolución de otorgamiento de pensión del IMSS para tramitar conflictos individuales de seguridad social. Por tanto, es necesario que cuando se solicita la devolución de recursos de las subcuentas de una cuenta individual, ya que la resolución permite verificar si la persona goza de una pensión y de qué tipo, así como las cotizaciones al régimen de seguridad social al que estuvo inscrita. Sólo así se tendrá la certeza de si es posible devolver los montos o si éstos fueron o serán utilizados para fondear la pensión que corresponda, de ser el supuesto.
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Esta RESOLUCIÓN es de aplicación OBLIGATORIA, a partir de esta semana en todo el país.
Jurisprudencia LABORAL
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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA
La información de hoy procede de la Suprema Corte de Justicia
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