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Este ANTECEDENTE

Surge después de que, Tribunales Colegiados de Circuito tuvieron opiniones contradictorias sobre si un Juez de Distrito debía excusarse de un caso por haber participado previamente en otro juicio similar ya concluido.

Dos tribunales consideraron válido el impedimento, mientras que otro opinó que solo aplicaba si el juicio anterior aún estaba en trámite.

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La Suprema Corte de Justicia, a través del Pleno Regional Administrativa y Civil, en la CdMx, DETERMINÓ que un Juez sólo DEBE Excusarse de conocer un juicio de amparo si ya participa como quejoso o tercero interesado en otro juicio similar que aún NO ha sido resuelto.

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La justificación de la SCJN es que, el principio de imparcialidad EXIGE que los JUECES actúen con objetividad.

Por eso, DEBEN excusarse si participan como parte en otro juicio de amparo similar que aún está en trámite, ya que existe el riesgo de que se beneficien o pierdan imparcialidad.

Si ese juicio ya fue resuelto, el impedimento no aplica, pues no hay riesgo ni utilidad práctica en que el juez se excuse..

Por el contrario, se afectaría la función judicial en detrimento del mencionado principio de imparcialidad.

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Esta RESOLUCIÓN es de aplicación OBLIGATORIA en todo el país a partir de esta semana.

Jurisprudencia COMÚN

Registro digital: 2030693

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

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La información de este día proviene de la Suprema Corte de Justicia

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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