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Este ANTEDECENTE

Surge luego de que, los Tribunales Colegiados de Circuito SOSTUVIERON criterios opuestos respecto a si la autoridad laboral DEBE prevenir al representante de la parte patronal para que ACREDITE su personalidad en el procedimiento paraprocesal previsto en el artículo 991 y el último párrafo del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo.
Uno resolvió que no procede la prevención, porque la personalidad es un presupuesto procesal que debe cumplirse desde que la parte comparece. El otro consideró que sí debe prevenirse, pues de no hacerlo se vulnera la garantía de audiencia y el acceso a la justicia.

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La Suprema Corte de Justicia ante lo anterior DETERMINÓ que, la autoridad laboral está obligada a prevenir y requerir a la parte patronal para que acredite su representación legal dentro del procedimiento paraprocesal relativo a la entrega del aviso de rescisión.

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La justificación de la SCJN es que, la Ley Federal del Trabajo y el artículo 17 constitucional obligan a privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos. El procedimiento paraprocesal de los artículos 991 y 47 LFT es un trámite administrativo para entregar el aviso de rescisión. Aunque la personalidad es un presupuesto procesal, su falta no justifica desechar la petición; hacerlo viola la progresividad y el debido proceso.
Por ello, la autoridad laboral DEBE prevenir y OTORGAR tres días para acreditar la representación legal.

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Estas RESOLUCIÓN es de aplicación OBLIGATORIA en todo el país a partir de esta semana.

Jurisprudencia LABORAL

Registro digital:  2031926

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación Obligatoria.

La información de hoy procede de la Suprema Corte de Justicia

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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