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Este ANTEDECENTE

Surge después de que, una empresa promovió un juicio contencioso administrativo federal contra de la resolución que autorizó parcialmente la devolución de un saldo a favor de IVA. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa RATIFICÓ la validez de la resolución, al considerar que la existencia de una comisión mercantil no permite, por sí sola, el acreditamiento del IVA por parte del comitente, ya que los gastos derivados de la comisión, aunque fueron erogados directamente, fueron cubiertos por la comisionista, y el pedimento de importación se encuentra a nombre de esta última. Inconforme, la parte actora promovió amparo directo.

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La Suprema Corte de Justicia ante lo anterior DETERMINÓ que, el IVA es SOLO es acreditable cuando la persona contribuyente DEMUESTRA que PAGÓ dicho impuesto por la importación de bienes o mercancías mediante un importador FORMAL autorizado.

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La justificación de la SCJN es que, Conforme a los artículos 1°, 4° y 5° de la Ley del IVA vigente en 2021, en la importación de bienes o mercancías el contribuyente no recibe el traslado del impuesto, sino que paga el IVA directamente por la importación. Para ello, deben valorarse las pruebas que aporte el contribuyente (en su carácter de importador para efectos fiscales) para acreditar que efectuó el pago del impuesto mediante un importador formal, así como la procedencia de su acreditamiento. Esto es así, ya que a la fecha en que se solicitó la devolución del impuesto no era obligatorio que el pedimento de importación estuviera a nombre del contribuyente, requisito que fue incorporado posteriormente mediante la reforma publicada en el Diario Oficial en noviembre de 2021.

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Estas RESOLUCIÓN esta disponible para quien la CONOZCA y la HAGA VALER en todo el país a partir de esta semana.

Tesis ADMISTRATIVA

Registro digital:  2032008

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La información de hoy procede de la Suprema Corte de Justicia

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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