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Se le impondrán de tres meses a tres años de prisión si no resultare lesión o daño alguno. Además, si la persona abandonada fuese ascendiente o tutor del ofendido, se le privará de la patria potestad o de la tutela.
Al que exponga en una institución o ante cualquier otra persona, a un incapaz de valerse por sí mismo, se le impondrá de tres meses a un año de prisión.

La familia tendrá las siguientes obligaciones.
Evitar que alguno de sus integrantes, cometa cualquier acto de discriminación, abuso, explotación, aislamiento, violencia, abandono, hacinamiento o desalojo de la persona adulta mayor o actos jurídicos que pongan en riesgo su persona, bienes y derechos.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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